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Antecedentes de las directivas sobre igualdad racial e igualdad en el empleo

Trabajador mayor

Las directivas de la UE para combatir la discriminación se derivan directamente del Tratado de Amsterdam y fueron aprobadas unánimemente por los gobiernos de la UE en los 18 meses siguientes a la entrada en vigor del Tratado en mayo de 1999.

El Tratado, que establece los principios y los objetivos de la Unión Europea, afirma que:

«La Unión se basa en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales … principios que son comunes a los Estados miembros.»

Subraya la importancia fundamental de la no discriminación y extiende este principio a otros ámbitos, además de la nacionalidad y de la igualdad de retribución entre hombres y mujeres, temas tratados anteriormente. En particular, otorga a la Unión Europea competencias para adoptar medidas contra la discriminación basada en toda una serie de motivos.

Estas competencias se establecen en el Artículo 13:

«Sin perjuicio de las demás disposiciones del presente Tratado y dentro de los límites de las competencias atribuidas a la Comunidad por el mismo, el Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo, podrá adoptar acciones adecuadas para luchar contra la discriminación por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.»

Fundamento de las directivas sobre igualdad racial e igualdad en el empleo

El principio básico subyacente en las directivas es que todos los ciudadanos deberían tener derecho a recibir un trato igualitario y justo. Una responsabilidad fundamental de la UE es defender este derecho humano fundamental. Como ambas directivas lo ponen claramente de manifiesto, esto es esencial para que la UE se desarrolle como «un área de libertad, seguridad y justicia». También es esencial para mantener el principio paralelo de garantizar la igualdad de oportunidades y para que todas las personas disfruten de igualdad de oportunidades con objeto de realizar su potencial y de lograr aquello de lo que son capaces.

A su vez, esto es importante si se quieren alcanzar los objetivos más amplios de la UE. Según las directivas, la discriminación puede «poner en peligro la consecución de los objetivos del Tratado CE, en particular el logro de un alto nivel de empleo y de protección social, la elevación del nivel y de la calidad de vida, la cohesión económica y social y la solidaridad». También puede poner en peligro los objetivos de la estrategia europea de empleo que consisten en promover «un mercado de trabajo favorable a la integración social» y en apoyar «a los trabajadores de más edad, a fin de prolongar su participación en la población activa».